Empleados Rurales ( Ley 16.600)
Seguros de Personas
Seguro de carácter obligatorio destinado a cubrir exclusivamente al personal en relación de dependencia que desempeñe con carácter permanente en actividades rurales comprendidas en las prescripciones de la Ley 22.248/80 y en el régimen jubilatorio para los trabajadores rurales.
Cobertura: Muerte e Invalidez total y permanente durante las 24 hs.
Indemnización: Equivalente a 5.5 Salarios Mínimos Vitales y Móviles al Diciembre último, actualizándose a Marzo de cada año.-
Edades límites: de ingreso 64 años y de permanencia 70 años.
Vigencia: Anual